La Audiencia Nacional ratifica la falta de indicios contra Ábalos en el caso hidrocarburos
26 de abril 2025/Agencias
La Audiencia Nacional ha ratificado que, «por el momento», no hay «un mínimo de indicios» que vinculen al exministro José Luis Ábalos con la licencia de operador de hidrocarburos que obtuvo la empresa Villafuel, a la que se atribuye un fraude millonario en el IVA por el que se investiga a su propietario Claudio Rivas y al empresario Víctor de Aldama.
La sección tercera de lo Penal responde así al recurso de Hazte Oír contra la negativa del juez del llamado caso Hidrocarburos, Santiago Pedraz, a enviar al Supremo la parte de esta causa que pudiera afectar al exministro de Transportes, que está siendo ya investigado en el alto tribunal por el caso Koldo.
Al igual que estableció Pedraz en el auto recurrido, a instancias de la Fiscalía Anticorrupción, a la Sala tampoco le constan «mínimos indicios» que permitan vincular a Ábalos con la obtención de la licencia de operador de hidrocarburos por parte de Villafuel.
En última instancia, observan los magistrados, es la Sala Segunda del Tribunal Supremo, a la luz de su investigación por el caso Koldo, y cuyo alcance desconoce el juzgado de Pedraz, la que deberá valorar si existen tales indicios.
Algo que en un principio, tal y como señaló también Anticorrupción, «no parece muy plausible», ya que dicha licencia «fue obtenida más de un año después de haber cesado el Sr Ábalos como ministro», apunta la resolución.
«En conclusión, no existiendo, por el momento, un mínimo de indicios» en contra de Ábalos y «sin perjuicio del ulterior resultado de la investigación, procede la desestimación del recurso», insiste la Sala.
Ábalos está siendo investigado en el Supremo por su supuesta colaboración con la trama del caso Koldo y aparece mencionado tanto en esa causa como en la de Hidrocarburos en relación al chalé de La Alcaidesa (Cádiz) del que los investigadores sospechan que disfrutó como contraprestación por su presunta labor de intermediación.
Hazte Oír alegaba en el recurso que la UCO consideró en uno de sus atestados que el disfrute de ese chalé por parte de Ábalos «pudiera estar relacionado con la agilización de la concesión de la licencia de operador» de hidrocarburos para Villafuel, lo que para la Sala se trata sólo de «una posibilidad» y no de un indicio de la intervención del exministro «en esa concreta actuación administrativa».
Ese chalé fue adquirido por la empresa Have Got Time, que administraba Leonor González Pano, la hija de la empresaria Carmen Pano, ambas investigadas en el caso Hidrocarburos por sus vínculos con Villafuel. Carmen Pano es la mujer que ha afirmado que llevó 90.000 euros a la sede del PSOE por indicación De Aldama.
Por otra parte, esta misma Sala ha rechazado en otro auto el recurso que interpuso la acusación que ejerce el PSOE en esta misma causa contra la decisión de unificar a todas las acusaciones populares bajo una misma dirección letrada, en este caso Hazte Oír.
Los magistrados no comparten la tesis de que ya se hayan puesto de manifiesto situaciones en las que las discordancias con dicha dirección letrada han sido «evidentes», como ha sido la de haber solicitado, a instancias del PP, que el juez Pedraz se inhiba a favor del Supremo en la parte que pudiera afectar a Ábalos, y ello con la discrepancia del PSOE.
Para la Sala, en consonancia con lo defendido por el fiscal, estas diferencias de enfoque, en las que subyacen «unos evidentes intereses de tipo político», con ser «absolutamente legítimos, no pueden, ni deben condicionar el desarrollo del procedimiento», que no es otro que la preferencia absoluta a su tramitación sin dilaciones indebidas y en búsqueda de la «averiguación de los hechos» y de sus autores.