El juez del caso Koldo no ve indicios de que la UCO filtre fotos ni datos de Ábalos
06 de septiembre 2025/Agencias
El juez del caso Koldo en el Supremo no ve «indicio alguno» de que agentes de la UCO de la Guardia Civil hayan filtrado datos e imágenes de José Luis Ábalos ni de otros investigados a un medio digital, como denunció recientemente el exministro, que pidió que el magistrado tomara medidas en ese sentido.
En una providencia a la que ha tenido acceso EFE, el magistrado Leopoldo Puente contesta así a la reciente petición de Ábalos para que tome medidas que eviten «el linchamiento mediático de los investigados», ya que un medio de comunicación publicó noticias con fotos que entiende que han podido filtrar miembros de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.
Los letrados de Ábalos advertían al magistrado de unos hechos «irregulares e inadmisibles» para la investigación y detallaban la publicación en ‘The Objective’ de noticias referidas a un «arsenal con fotografías» de mujeres incautadas al investigado en el registro de su vivienda.
Y solicitaban que no se incluyeran en la causa documentos ni fotografías que no tengan que ver con la instrucción, y que se comunique al jefe de la UCO que «se está facilitando información, y concretamente a este diario digital, por parte de los investigadores que están analizando las memorias que han llevado a efecto».
Ahora el magistrado instructor rechaza esa petición, concluyendo que no hay «indicio alguno de mínima consistencia que permita atribuir la pretendida filtración a cualquiera de los miembros de la unidad policial actuante».
Añade que si el exministro y ex secretario de Organización del PSOE entiende otra cosa «es muy libre de formular al respecto la correspondiente denuncia, cuyo conocimiento, evidentemente, no correspondería a este instructor».
Deja claro el magistrado que «desde luego, ninguna de las informaciones o archivos referidos se han incluido en ninguno de los informes presentados en esta causa especial por la policía judicial, como no se alude tampoco en ellos a ningún otro extremo relativo a hechos ajenos al objeto de este procedimiento».
Y afirma que podrá llegar un momento en el que resulte procedente expurgar del material intervenido aquellos los elementos que sean ajenos al procedimiento, pero primero hay que tomar conocimiento «del completo contenido de la ingente información obtenida en los múltiples soportes digitales que resultaron incorporados a esta causa».
El juez Puente recrimina a Ábalos que asuma que lo publicado por el citado medio digital provenga del material incautado en su casa por los agentes y que éstos lo hayan filtrado.
En este punto pone de relieve que «no puede ignorarse aquí que varios de los investigados en este procedimiento han resuelto, en el libérrimo ejercicio de sus facultades, conceder de manera recurrente entrevistas a distintos medios de comunicación, e incluso reconocido que algunas de las informaciones documentales publicadas en ellos lo han sido con su aquiescencia».
El magistrado detalla que «el propio Sr. Ábalos Meco aseguró que el disco duro que trató, por intermedio de una señora, de ocultar en el registro domiciliario que le fue practicado, no era sustancialmente sino copia de otro que se encontraba también en el domicilio».
«Se ignora por este instructor así cuántas copias de los referidos documentos o archivos pudieran existir y en poder de quién pudieran encontrarse», añade, explicando que otro de los investigados disponía en su domicilio de documentos y archivos que, al parecer, corresponden al exministro.