Bustinduy anuncia un cambio normativo en la ley SAC para impedir las llamadas spam

Bustinduy

13 de mayo 2025/Agencias
El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha anunciado esta noche un cambio normativo en la Ley de Servicios de Atención a la Clientela (SAC) para impedir las llamadas spam, por el que las compañías telefónicas deberán bloquear las llamadas comerciales no consentidas.

Así lo ha manifestado el ministro en una entrevista en el programa ‘Hora 25’ de la Cadena Ser, en la que ha explicado que una de las enmiendas introducidas por el Ministerio a la Ley SAC regula que las empresas estén obligadas a identificar sus llamadas comerciales con un código numérico específico y para que las compañías telefónicas bloqueen todas las llamadas de empresas que no usen ese código.

Consumo ha introducido, además, otra enmienda para declarar nulos todos los contratos que se suscriban a través de llamadas telefónicas no consentidas y para obligar a las empresas a renovar cada dos años el consentimiento del usuario para recibir llamadas.

Este cambio normativo implicará, entre otras cuestiones, que el Gobierno, ha afirmado, adapte el Plan Nacional de Numeración para facilitar la implementación técnica del nuevo sistema de identificación y bloqueo.

La enmienda a la Ley SAC para declarar nulos los contratos que se cierren en llamadas telefónicas no consentidas busca, ha referido el ministro, desincentivar a las empresas a hacer llamadas no deseadas dado que los contratos conseguidos en este tipo de comunicaciones quedarán anulados.

La iniciativa, ha explicado Bustinduy, responde al creciente volumen de quejas por parte de la ciudadanía, que denuncia sentirse presionada o confundida por estas llamadas.

Así mismo, el cambio normativo pretende proteger el derecho del consumidor a decidir con libertad e información suficiente. Además, a través de esta misma enmienda, se obligará a todas las empresas a renovar cada dos años el consentimiento con el usuario para recibir llamadas comerciales, de modo que las empresas no se amparen en autorizaciones indefinidas o ambiguas para seguir contactando a los consumidores.

Estas dos enmiendas a la Ley SAC que ha dado a conocer el ministro Pablo Bustinduy, se suman, ha recordado, a otras realizadas la semana pasada, también registradas en el Congreso de los Diputados por Sumar y PSOE a propuesta de Consumo, como la referida a la regulación de las suscripciones para evitar renovaciones automáticas no deseadas, y la que trata de poner coto a las reseñas falsas que se publican de manera online.

De esta manera, las empresas estarán obligadas a comunicar con quince días de antelación la fecha de renovación de un servicio o suscripción que haya sido contratado de forma online y deberán facilitar la baja voluntaria en caso de que se desee.

Asimismo, solo se podrá publicar una reseña en los treinta días posteriores a la compra del bien o disfrute del servicio, para garantizar que se corresponde con la opinión real y reciente de una persona que haya consumido ese bien o servicio, y para evitar la compraventa de reseñas, algo que ya prohíbe la Ley de Consumidores y Usuarios.

Por otra parte, ha destacado la importancia de que en la norma se establece que la empresa que recibe la reseña tendrá garantizada la posibilidad de réplica y de solicitar la eliminación de la misma cuando pueda acreditar que no es real bien porque puede demostrar que quien firma la reseña no ha comprado el producto o disfrutado del servicio, o bien porque puede demostrar que el contenido de esa reseña no es verídico.

Además, Bustinduy ha explicado que la norma establece que los gastos de gestión deberán incluirse en el precio que se ofrece. Las empresas estarán obligadas a incluir, desde el principio, el precio definitivo y final de un bien o servicio que ofrece al consumidor de forma online.

El ministro ha confiado en que el cambio normativo salga adelante en el Congreso de los Diputados, porque es de sentido común y porque tiene una gran apoyo, y ha estimado que pudiera estar publicada en el BOE antes de las vacaciones de verano.

Preguntado por la multa 179 millones de euros anunciada por Consumo a las aerolíneas lowcost por cobrar por el equipaje de mano y por la selección de asientos para viajar con niños o personas dependientes, ha dicho que la multa está impuesta aunque «siguen cobrando por las maletas porque la han recurrido a los tribunales».

Con todo, ha añadido, «se acumulan más de veinte sentencias de tribunales que le dan la razón a los pasajeros y que obligan a estas compañías a devolver lo cobrado por la maleta de mano», a la vez que ha relatado con estas multinacionales han acudido a presionar en Europa y, ha denunciado, «las tácticas a la que recurren para intentar intimidar».

Respecto a los pisos turísticos ilegales en España, Bustinduy ha referido que han contabilizado hasta ahora que en Galicia más de 9.000 infringen la normativa; en Madrid, han identificado más de 15.000; en Baleares 7.000 y en Andalucía decenas de miles.

En este sentido, ha denunciado que el Ayuntamiento de Madrid no ha hecho nada con más de 15.000 viviendas ilegales turísticas que hay en la capital.