Condenan a Sanitas a casi un millón por la muerte de un paciente que no debió ser operado
17 de abril 2025/Agencias
La Sección sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha confirmado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 3 de Vigo y ha condenado a Sanitas a abonar casi un millón de euros por la muerte de un paciente que no debió haber sido operado.
La aseguradora tendrá que indemnizar a la viuda y los hijos del fallecido, que murió en 2017 cuando tenía 62 años, con 470.330 euros de principal y medio millón más por la ley de contrato del seguro, según el fallo al que ha tenido acceso EFE este miércoles.
La sentencia de primera instancia había concluido que hubo una mala práctica médica que causó la muerte del paciente.
Se determinó que la cirugía a la que fue sometido no estaba justificada por la enfermedad diverticular que padecía, así como que no se presentó un consentimiento informado adecuado y no se informó debidamente al paciente sobre la intervención realizada.
Además, el cirujano reconoció en el juicio que, de haber sabido que el paciente tenía cirrosis, lo que finalmente contribuyó a su fallecimiento, no lo habría operado. Sin embargo, esta dolencia no fue diagnosticada antes de la intervención, lo que se considera responsabilidad exclusiva del médico.
Existían signos claros de hepatopatía que no fueron tenidos en cuenta, y los peritos coinciden en que la operación pudo haberse evitado o postergado para realizar pruebas que descartasen la cirrosis.
En conclusión, el fallo de primera instancia sostenía que la cirugía nunca debió haberse realizado sin información completa ni consentimiento claro del paciente e incide en que de no haberse llevado a cabo el fallecimiento no se habría producido.
La Audiencia Provincial concluye que el médico cirujano tenía conocimiento, según la historia clínica que él mismo elaboró, de que el paciente padecía una hepatopatía crónica, según pruebas radiológicas realizadas entre 2013 y 2016.
A pesar de ello, añade la sentencia, no solicitó nuevas pruebas para confirmar la evolución de la enfermedad antes de indicar una cirugía que estaba contraindicada en casos de cirrosis hepática.
Esta omisión que contribuyó al fallecimiento del paciente, sostiene el tribunal, supone «un error no disculpable por falta de ponderación de los padecimientos que constaba de la historia clínica».
Además, señala el fallo que al no confirmar adecuadamente el estado de salud del paciente, no se puede considerar que la información sobre los riesgos del procedimiento ni el consentimiento informado fueran válidos.
La Audiencia Provincial indica que la sentencia de primera instancia valoró correctamente la responsabilidad médica.
El fallo del tribunal provincial es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo.