El Ayuntamiento activa el segundo periodo de pago de tributos con la bajada del IBI y un ahorro medio en los hogares del 7,5% en los recibos
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La bajada del tipo impositivo en 5 puntos básicos, hasta el 0,62%, beneficiará al 98,9% de los recibos de la ciudad
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En este periodo, abierto hasta el 28 de noviembre, se deberán satisfacer los pagos del IBI Urbana, Rústica y Características Especiales (IBICE), IAE, las tasas de basura comercial, de puestos en rastros y ferias, de hamacas y embarcaciones, cajeros automáticos y vallas publicitarias
Las Palmas de Gran Canaria, 31 de julio de 2025. El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha abierto ya el segundo periodo voluntario de pago de tributos e impuestos municipales correspondiente al ejercicio 2025, que incluye una rebaja del tipo impositivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano que beneficiará al 98,9% de los recibos.
El concejal de Presidencia, Hacienda, Modernización y Recursos Humanos, Francisco Hernández Spínola, ha recordado que esta bajada del IBI responde al compromiso del grupo de gobierno con el alivio fiscal a las familias. La reducción del tipo impositivo del IBI en cinco puntos básicos, situándose en el 0,62%, supondrá un ahorro medio del 7,5% en los recibos.
Además, en cuanto a los usos no residenciales, también se reducirá el tipo del gravamen al 0,62 %, excepto para el 10 % de los inmuebles de mayor valor catastral, por encima de los 75.000 euros, tal y como recoge la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Para este 10 % de mayor valor catastral, que representa tan solo el 1,07 % de los recibos, el tipo se mantendrá en el 0,67 %.
Este segundo periodo voluntario de pago estará vigente hasta el 28 de noviembre de este año. En este intervalo se deberán satisfacer, además del IBI urbano, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de características especiales y de naturaleza rústica, junto con el Impuesto sobre Actividades Económicas.
Asimismo, se incluyen la tasa por ocupación del suelo y vuelo de la vía pública con instalaciones publicitarias; la tasa por la prestación del servicio de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos —vigente para las actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas, de restauración y hospedaje, financieras y de ocio—; y la tasa por ocupación del dominio público mediante cajeros automáticos.
También deberá abonarse el segundo semestre de la tasa de ocupación del dominio público local para puestos del rastro y feria, así como el segundo semestre de la tasa por ocupación de las playas con hamacas y embarcaciones.
Respecto a la tasa por ocupación de la vía pública con quioscos, los plazos voluntarios de pago serán trimestrales. Así, entre el 1 de julio y el 30 de septiembre deberá abonarse el tercer trimestre del año, y el cuarto se satisfará entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2025.
Pago de tasas
El concejal de Hacienda resalta que cumplir con el abono de estos recibos en el plazo voluntario evita a la ciudadanía posibles recargos por mora. En este sentido, el Ayuntamiento pone a disposición de las y los contribuyentes varias vías que permiten agilizar este proceso.
Así, la ciudadanía podrá solicitar la domiciliación del pago de los recibos de estos impuestos y tasas, o notificar cambios en la cuenta bancaria de cargo, a través de la Oficina Virtual Tributaria del Ayuntamiento (https://laspalmasgc. tributoslocales.es/350163/ APALMASGC) aportando el mandato de adeudo domiciliado cumplimentado y firmado, el cual se puede conseguir a través de la web del Ayuntamiento; y el documento justificativo del número de cuenta en el que se realizarán los cargos (será válido cualquier recibo domiciliado o certificado de titularidad de cuenta).
Las personas no obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración podrán realizar este trámite de forma presencial en la Oficina de Atención al Contribuyente, previa solicitud de cita a través de http://www.laspalmasgc.es o en el Servicio de atención telefónica 010. Si usted llama desde fuera del término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, deberá marcar el 928 446 000.
La domiciliación es una forma de pago cómoda y sencilla que ofrece la ventaja de garantizar el pago sin recargo (período voluntario) y evita las molestias de efectuar el pago de forma presencial a través de las entidades financieras, así como la preocupación de recordar las distintas fechas del calendario fiscal anual.