El Supremo estima que los caudales ecológicos del Tajo deben alcanzarse de forma inmediata

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14 de mayo 2025/Agencias

El Tribunal Supremo ha determinado que los caudales ecológicos del río Tajo no se pueden alcanzar de forma escalonada hasta el año 2027 en el tramo comprendido desde el embalse de Bolarque en Guadalajara hasta el de Valdecañas entre las provincias de Toledo y Cáceres, ya que al tratarse de zonas protegidas, deben entrar en vigor de forma inmediata.

La sentencia, con fecha de 6 de mayo de 2025 y que ha sido facilitada por la Red del Tajo, es consecuencia del recurso contencioso administrativo interpuesto por la Plataforma en defensa de los ríos Tajo y Alberche y por el Grupo de Acción para el Medio Ambiente (GRAMA) contra la aprobación del plan hidrológico para el tercer ciclo de planificación de la parte española de la demarcación hidrográfica del Tajo (2022-2027).

En esta sentencia, el Supremo ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la plataforma que ha solicitado impugnar la determinación de los caudales ecológicos que se lleva a cabo en el plan hidrológico para el tercer ciclo de planificación del Tajo.

Además, declara «la nulidad de todas las previsiones contenidas en el plan hidrológico de la parte española de la demarcación hidrográfica del Tajo en las que (…) se prevea la posibilidad de excepcionar el cumplimiento de los objetivos medioambientales en las masas de agua vinculadas a zonas protegidas de hábitats y especies, en las que, además, no se hayan identificado sus objetivos ambientales particulares».

En su fallo, el Supremo ha determinado que los planes hidrológicos deben definir los objetivos medioambientales que deben ser alcanzados respecto al buen estado de las masas de agua e incorporar los objetivos ambientales específicos de las masas de agua vinculadas a las zonas protegidas que deriven de la normativa reguladora de cada uno de los tipos de zonas protegidas.

Y ha añadido que estos objetivos medioambientales específicos de las zonas protegidas vinculadas a las masas de agua que los planes deben incorporar no son susceptibles de prórroga alguna ni de disminución del rigor de tales objetivos, al tiempo que lamenta «la falta de identificación en el Plan Hidrológico del Tajo de los objetivos medioambientales particulares o específicos en las zonas de protección de hábitats y especies».

En una nota de prensa, la Red del Tajo ha celebrado que esta sentencia da nuevamente la razón a los colectivos sociales en sus reclamaciones para la entrada en vigor de los caudales ecológicos del Tajo, y explica que la sentencia solo daría por bueno el escalonamiento en tres años de los caudales hasta 2027 en tramos no amparados por figuras de protección, pero no en las masas afectadas por zonas protegidas de hábitats y especies, en las que, además, no se hayan identificado sus objetivos ambientales particulares (zonas Red Natura 2000).

La Red del Tajo ha señalado que este es el caso del 100% de las 13 masas de agua tipo río comprendidas entre Bolarque y el embalse de Valdecañas, donde se encuentran Aranjuez, Toledo y Talavera de la Reina.

Por otro lado, la plataforma ha explicado que la sentencia alude a la obligación que tiene el Plan Hidrológico del Tajo de incluir los objetivos adicionales de las masas de agua incluidas en zonas protegidas, algo que ha sido omitido en todas las zonas Red Natura 2000 en las comunidades de Madrid y Castilla-La Mancha.

En este sentido, la red ha destacado que el Supremo reclama a la Confederación Hidrográfica que establezca medidas de coordinación con las comunidades autónomas e incluir estos objetivos específicos de conservación en el plan.

«A partir de hoy mismo, el Ministerio para la Transición Ecológica debería implementar en el eje del Tajo los caudales ecológicos que postergó a 2027», ha urgido la Red del Tajo, que ha añadido que, de este modo quedaría sin valor la modificación y el borrador de real decreto para 2025 de las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura, presentado la semana pasada, ya que se deberían actualizar los valores trasvasables a los caudales ecológicos del 2027.

Ayer martes, el Congreso de los Diputados rechazó por un voto la proposición de ley de la Asamblea Regional de Murcia para que el funcionamiento del trasvase Tajo-Segura y el caudal ecológico del río de la cuenca cedente quedaran en la misma situación en la que estaban en 2014.