El Supremo se declara incompetente en la demanda del juez García-Castellón contra Belarra

Tribunal-Supremo

06 de junio 2025/Agencias
El Tribunal Supremo ha declarado su falta de competencia para resolver la demanda del juez Manuel García-Castellón, ya jubilado, contra la secretaria general de Podemos y diputada Ione Belarra por llamarle «corrupto» al estimar que sus manifestaciones no fueron realizadas en el ejercicio de su cargo como parlamentaria.

En un auto el alto tribunal señala que la competencia para resolver esta demanda de protección del derecho al honor corresponde a los juzgados de Primera Instancia, a los que puede dirigirse si así lo considera Manuel García-Castellón.

El magistrado de la Audiencia Nacional jubilado entendía que la competencia es del Tribunal Supremo porque estima que Ione Belarra realizó sus manifestaciones «desde su posición institucional como representante de la soberanía nacional».

Manuel García-Castellón alega en su demanda que Ione Belarra vulneró su derecho al honor al publicar dos mensajes en la red social X con motivo de su jubilación en los que se refería a él como «este y otros jueces corruptos, que han prevaricado contra quienes defendemos otra idea de España» y que él «continúa la guerra sucia judicial contra Podemos».

Ione Belarra añadió: «Se querella contra mí por decir la verdad, que lo que ha hecho para proteger al PP y para seguir a los adversarios políticos de la derecha es corrupción con o sin condena».

La demanda fue interpuesta ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en aplicación del artículo 56 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que le atribuye la competencia para conocer las demandas de responsabilidad civil por hechos realizados en el ejercicio de su cargo dirigidas contra, entre otros, diputados y senadores.

Sin embargo el Supremo considera que la demanda tiene por objeto unas manifestaciones de Ione Belarra que con opiniones que tienen relación con la actividad de la demandada como dirigente política y diputada pero que no han sido realizadas propiamente «en el ejercicio de su cargo» de diputada.

El alto tribunal llega a esta conclusión dado el contenido de las manifestaciones, el medio a través del que se han realizado, el contexto y el momento en el que se produjeron.

Explica que las manifestaciones contienen descalificaciones al juez publicadas en el momento de su jubilación realizadas en la cuenta de la que Ione Belarra es titular en la citada red social y no son una reproducción de un acto parlamentario ni concurre una conexión prolongada por literalidad o en estrecha conexión con un acto del Parlamento.

Aclara que en anteriores casos, algunos recientes, en los que la Sala de lo Civil del Supremo resolvió demandas de protección del derecho al honor interpuesta frente a ministros las circunstancias eran distintas y justificaban la competencia del alto tribunal.

En esos casos «la acción se refería a manifestaciones realizadas por el ministro o la ministra demandados en el desempeño de sus funciones bien porque constituían la expresión de la política desarrollada por su ministerio o porque habían sido realizadas en actos públicos a los que había acudido en su calidad de ministro o ministra».