La Audiencia de Madrid archiva la investigación a Nacho Cano

Audiencia provincial Madrid

26 de abril 2025/Agencias
La Audiencia de Madrid ha archivado la causa a Nacho Cano ante la «falta de indicios racionales» de que haya cometido delitos contra los derechos de los trabajadores, al considerar que no trató de introducir irregularmente en el país a jóvenes mexicanos que trabajaron como becarios en su musical ‘Malinche’.

Los magistrados de la sección primera de la audiencia madrileña han estimado parcialmente el recurso de Nacho Cano y de otros tres investigados en la causa, y han acordado el sobreseimiento provisional de la investigación que dirigía el Juzgado de Instrucción 19 de Madrid.

Los recurrentes son Nacho Cano y tres directivos del musical ‘Malinche’ (Susana Jové, Roxana García Drexel y Cristina Duato), que estaban investigados desde el inicio. Hay otros dos investigados que fueron imputados después, y ahora la causa se archiva para todos ellos, han indicado a EFE fuentes jurídicas.

Los jueces de la audiencia madrileña descartan seguir «con tan prolija investigación, cuando ya se ha dado una explicación razonable» y de todo lo actuado -dicen- «se desprende un falta de indicios racionales suficientes de comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores y de los extranjeros, con independencia de que cumplan o no los requisitos administrativos a valorar en otra jurisdicción».

Hacer lo contrario sería «entrar casi en una investigación prospectiva que no corresponde al Juzgado», añaden.

Sobre el supuesto delito contra los ciudadanos extranjeros, el auto concluye que «no se ha tratado de introducir a los ciudadanos mexicanos de forma clandestina con una presunta entrada como turistas con la intención de permanecer en España con infracción de las normas de extranjería».

Lo que Nacho Cano y los directivos de ‘Malinche’ hicieron fue seguir «un procedimiento no poco común, consistente en entrar como turistas sin necesidad de visado y una vez en nuestro país solicitar el visado para estudiantes, siguiendo un procedimiento mas sencillo e incluso asumido» por una Directiva de la Unión Europea.

Para los magistrados, «el procedimiento puede ser o no el adecuado», pero no es constitutivo del delito de tráfico ilegal de personas y no corresponde a la jurisdicción penal.

Añaden que de lo investigado queda probada «la realidad de la finalidad de entrada de los becarios», que era formarse en el musical en Madrid para luego representarlo en México, y se descarta también el delito contra los derechos de los trabajadores.

En este sentido explican que «si bien quedan diligencias de investigación pendientes de practicar», las mismas son «innecesarias» porque el segundo informe elaborado por la Inspección de Trabajo deja claro que los becarios mexicanos manifestaron que se encontraban matriculados en la escuela Jana para formarse en colaboración con el musical de Nacho Cano.

Determinan que no se puede considerar que los investigados hayan llevado a cabo «una explotación de los becarios encubriendo su condición de trabajadores», aunque reconoce que los jóvenes si pudieron tener «un horario algo distinto al habitual», algo que no extraño al tratarse de un musical y que no ven «abusivo».

Se pronuncian en el mismo sentido sobre las asignaciones que recibieron los becarios, y precisan que, como dijo la Inspección de Trabajo, no ere obligatorio darles de alta en la Seguridad Social.

Por todo ello los magistrados estiman parcialmente el recurso que interpusieron cuatro de los investigados, que pedían el sobreseimiento libre de la causa, y decreta su sobreseimiento provisional.

Nacho Cano fue detenido el 9 de julio de 2024 por la Policía Nacional acusado de delitos contra los derechos de los trabajadores y de favorecimiento de la inmigración irregular, como consecuencia de la denuncia que interpuso una de las becarias de ‘Malinche’, Lesly Guadalupe Ochoa.

A finales de ese mes la jueza abrió la causa contra él y otras tres personas.